Pocos documentos históricos hablan de la fundación de los pueblos andinos, sobre todo cuando se trata de comunidades pequeñas y aisladas del Perú. Ese es el caso de Uchupata (distrito de Aczo, provincia de Antonio Raimondi), que durante cuatro siglos fue una de las haciendas más importantes y prósperas de la zona sur del Callejón de Conchucos. Su historia como potencia ganadera y agrícola terminó en la década de 1970, cuando el gobierno del general Juan Velasco Alvarado la expropió y la entregó a los campesinos que trabajaban la tierra.
Pero, ¿cuál es el origen de Uchupata? De acuerdo con un manuscrito de 1609 que se
conserva en el Archivo Arzobispal de Lima (AAL), el pueblo data de la época de
los incas. Así lo afirma Feliciana Pomaxano, quien declara que sus padres vivieron en "un
antiguo pueblo inca", pero que fueron reducidos a Santo Domingo de Huari durante
la visita general de 1572.
La reducción indígena
fue un sistema impuesto por la Corona española durante la época colonial para
agrupar a la población indígena en un pueblo construido a la usanza de España: con
plaza e iglesia. Su propósito era facilitar la evangelización, el cobro de
tributos y el control de la mano de obra.
Aunque el documento
menciona que también era dueña de Carhuac
—probablemente el actual caserío de Carua, en el distrito de Chingas—, el
manuscrito se centra en Uchupata, ya que
el cura de Llamellín, Juan de Esquibel, pretendía obligarlos a asistir a misa
en ese pueblo, a pesar de que ella y su familia (madre, hermanas, esposo,
hijos, parientes y servidumbre) residían en Huari.
Este documento de más
de 410 años de antigüedad, permite distinguir dos hechos. Por un lado, confirma
que Uchupata ya existía desde tiempos de
los incas; por otro, muestra que Feliciana Pomaxano fundó
en este lugar, abandonado tras la reducción indígena, su estancia y sus
chacras. Esto habría ocurrido en
1597, pues en el documento de 1609 declara que las había fundado doce años
antes. Fue ella quien dio origen a la hacienda de Uchupata.
Doña Feliciana Pomaxano india natural del pueblo Santo Domingo de Guari de la corona real. Digo que ella fundó una estancia y chacras de sembrar maíz, tres leguas de dicho pueblo nombradas Carhuac y Uchucpatay en unos casserios y pueblo antiguo de donde mis padres y abuelos eran naturales, que ellos y los demás indios de el fueron reducidos en la visita general al pueblo de Santo Domingo de Guari donde ella nació y tiene las casas de su morada y donde vive con su marido e hijos, y desde que las fundó, que habrá doce años, siempre ha acudido a oír missa y a confesarse y ser sacramentada ella y las demás gentes de su casa a la iglesia del dicho Santo Domingo de Guari conociendo por su cura al dicho padre del orden de Santo Domingo que han sido y son doctrineros de Domingo de Guari (AAL, 1609).
El esposo de Feliciana Pomaxano, Francisco de Prado, mencionado
en el documento como español, fue excomulgado por el cura de Llamellín por
negarse, junto con su familia y sus sirvientes, a ir a ese pueblo a escuchar
las misas. Prohibió su ingreso al templo colocando una tablilla con su nombre en la puerta de
la iglesia. El mayor castigo para los
excomulgados era el aislamiento social: nadie le hablaba y ningún sacerdote podía
darle los sacramentos. Para que se arrepienta y le levanten el castigo, le obligaron
a construir una capilla con todos sus ornamentos. Esa capilla, que aún se conserva en Santa Rosa de Uchupata, es el corazón y alma de
estas historias, así como de la hacienda que le dio fama nacional.
En un documento de 1610, Francisco de Prado declara que "hacía dos
años" había cumplido con esa exigencia, por lo que se deduce que la
capilla fue construida en 1608.
Doña Feliciana Pomaxano del pueblo de Santo Domingo de Guari, digo: que yo fundé tres leguas del pueblo una estancia y chacras de sementeras nombradas Uchucpatay y Caruac, en unos caserones y pueblo antiguo que es del tiempo del inca, donde mis padres y abuelos vivían hasta que fueron reducidos a esta de Guari. Y de esta que las fundé que abra doce años poco más o menos, siempre han sido anexas al cura del Domingo de Guari; y en representación de su excelentísimo Señor Virrey de estos Reynos yo soy natural y criada en el y tengo mi casa e hijos en dicho pueblo, es así que el padre Juan de Esquivel, cura de la doctrina de Llamellín, que esta diez leguas del pueblo de Guari, me compele y a Francisco de Prado mi marido, a que seamos sus feligreses y que vamos a confesar y ser sacramentados en el pueblo de Llamellin y a que hagamos capilla y pongamos ornamentos en las dichas estancias siendo como son de muy poca consideración y no residiendo nosotros en ella sino en el pueblo de Guari y en razón de esto a mí me quiere compeler y a dicho Francisco de Prado, mi marido, le tiene de escomulgado y le ha puesto en la puerta de la iglesia.
DERECHOS DE AUTOR: ÁNCASH HISTORY
© 2026 por DIONE BLAS está
bajo licencia CC
BY-NC-SA 4.0
.png)
.png)
.png)
.png)
0 Comentarios